Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Arroz de Aragón».
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-08-2026
Comunidad Autónoma de Aragón.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. (BOE-B-2026-28227)
Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Arroz de Aragón».
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Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Arroz de Aragón».Núm. 214
Lunes 31 de agosto de 2026
Sec. V-B. Pág. 45755
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
28227
Re solución de 25 de agosto de 2026, de la Dire cción Ge ne ral de
Innovación y Promoción Alimentaria, por la que se da publicidad a la
solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Arroz de
Aragón».
Con fecha 27 de enero de 2025, la Asociación para la Promoción del Arroz de
Aragón presenta la solicitud de registro de la denominación de origen protegida
«Arroz de Aragón» al amparo del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones
geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como
especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para
productos agrícolas. En fechas posteriores, la asociación presenta nuevos
documentos que completan la solicitud.
El Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11
de abril de 2024, define a las agrupaciones de productores solicitantes, establece
el contenido de la solicitud de inscripción en el registro de indicaciones geográficas
y el procedimiento de examen de la misma, con el fin de verificar que se cumplen
las condiciones para dicha inscripción. Como parte del examen, el reglamento
dispone en el artículo 10 que el Estado miembro llevará a cabo un procedimiento
nacional de oposición que garantizará la publicación de la solicitud de inscripción, y
establecerá un plazo mínimo de un mes a partir de la fecha de publicación para
que cualquier persona física o jurídica que posea un interés legítimo y se halle
establecida o sea residente en el Estado miembro de origen del producto de que
se trate pueda formular oposición contra la solicitud.
Asimismo, el Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo, en el artículo 6, regula el
procedimiento nacional de oposición de la solicitud de registro y dispone que en el
caso de una indicación geográfica cuyo ámbito territorial no exceda del de una
comunidad autónoma, su autoridad competente deberá publicar el acuerdo de
apertura del procedimiento nacional de oposición en el «Boletín Oficial del
Estado».
De acuerdo a la normativa anteriormente citada, se ha comprobado que la
solicitud presentada por la Asociación para la Promoción del Arroz de Aragón
cumple los requisitos exigidos para continuar su tramitación por lo que procede
darle publicidad e iniciar un procedimiento nacional de oposición.
Corresponde a la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria la
cve: BOE-B-2026-28227
Verificable en la dirección https://extraboe.boe.es/arde
Por otra parte, el Decreto 5/2009, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por
el que se aprueba el Reglamento del contenido mínimo de la normativa específica
de determinadas denominaciones geográficas de calidad de los alimentos y del
procedimiento para su reconocimiento, establece en su artículo 20 que, una vez
superado el examen, la solicitud de registro se someterá a información pública,
mediante anuncios publicados en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín
Oficial del Estado». En el plazo de dos meses a partir de la publicación del anuncio
sobre la solicitud de registro, cualquier persona física o jurídica establecida o
residente en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados,
podrá oponerse al registro mediante la correspondiente solicitud de oposición
dirigida al departamento competente en materia alimentaria.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 31-08-2026
Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, de convocatoria de subasta de liquidez del Tesoro Público: operaciones de compraventa doble con vencimiento diario.
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