Resolución 650/38370/2026, de 5 de agosto, de la Dirección de Asuntos Económicos de la Armada, por la que se constituyen las Mesas de Contratación Permanentes de la Dirección de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico, la Intendencia de Madrid, la Intendencia de Ferrol, la Intendencia de Cartagena, la Intendencia de San Fernando, la Intendencia de Rota y la Intendencia de Las Palmas.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 31-08-2026
Ministerio de Defensa. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa. (BOE-A-2026-18355)
Resolución 650/38370/2026, de 5 de agosto, de la Dirección de Asuntos Económicos de la Armada, por la que se constituyen las Mesas de Contratación Permanentes de la Dirección de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico, la Intendencia de Madrid, la Intendencia de Ferrol, la Intendencia de Cartagena, la Intendencia de San Fernando, la Intendencia de Rota y la Intendencia de Las Palmas.
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Resolución 650/38370/2026, de 5 de agosto, de la Dirección de Asuntos Económicos de la Armada, por la que se constituyen las Mesas de Contratación Permanentes de la Dirección de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico, la Intendencia de Madrid, la Intendencia de Ferrol, la Intendencia de Cartagena, la Intendencia de San Fernando, la Intendencia de Rota y la Intendencia de Las Palmas.Núm. 214
Lunes 31 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 117544
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
18355
Resolución 650/38370/2026, de 5 de agosto, de la Dirección de Asuntos
Económicos de la Armada, por la que se constituyen las Mesas de
Contratación Permanentes de la Dirección de Gestión Económica de la
Jefatura de Apoyo Logístico, la Intendencia de Madrid, la Intendencia de
Ferrol, la Intendencia de Cartagena, la Intendencia de San Fernando, la
Intendencia de Rota y la Intendencia de Las Palmas.
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en adelante
LCSP, en su artículo 326 y el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se
desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público, en sus artículos 21 y siguientes, regulan el régimen de funcionamiento y
composición de las mesas de contratación.
Por su parte, la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece el régimen de los órganos
colegiados.
Conforme a lo establecido en la normativa indicada y en virtud de las facultades
desconcentradas atribuidas al Director de Asuntos Económicos de la Armada, al amparo
de lo establecido en el Real Decreto 1011/2013, de 20 de diciembre, de
desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros
negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa, y de las
competencias delegadas en el Director de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo
Logístico, el Intendente de Madrid, el Intendente de Ferrol, el Intendente de Cartagena,
el Intendente de San Fernando, el Intendente de Rota y el Intendente de Las Palmas, por
Orden DEF/244/2014, de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de
contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del
Ministerio de Defensa, resuelvo:
Primero. Constitución de las Mesas de Contratación Permanentes.
Segundo.
1.
Composición de las Mesas de Contratación Permanentes.
Cada una de las mesas de contratación tendrá la siguiente composición:
Presidente: un Oficial del Cuerpo de Intendencia, un Oficial que ostente la especialidad
fundamental de administración, bien integrado en el cuerpo general o perteneciente al cuerpo
de especialistas (a extinguir), perteneciente a su estructura orgánica.
El titular del órgano de contratación, o la persona que tiene delegadas las facultades
de contratación, no podrá presidir la mesa.
cve: BOE-A-2026-18355
Verificable en https://www.boe.es
Se constituye una mesa de contratación con carácter permanente, de forma
independiente, en cada uno de los siguientes órganos de contratación: la Dirección de
Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico, la Intendencia de Madrid, la
Intendencia de Ferrol, la Intendencia de Cartagena, la Intendencia de San Fernando, la
Intendencia de Rota y la Intendencia de Las Palmas. Cada una de dichas mesas
ejercerá, en el ámbito de su respectivo órgano, las funciones atribuidas por la
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público y por el Real Decreto 817/2009, de 8 de
mayo, en lo que resulte de aplicación conforme a la vigente Ley 9/2017, así como por
cuantas otras disposiciones de desarrollo de las anteriores se establezcan, para los
procedimientos previstos en el artículo 326 de la referida Ley de Contratos del Sector
Público.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 31-08-2026
Resolución de 23 de julio de 2026, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se nombran Profesoras y Profesores Titulares de Universidad con plaza vinculada.
Resolución de 24 de agosto de 2026, del Ayuntamiento de Albacete, referente a la convocatoria para proveer puestos de trabajo por el sistema de concurso.
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