Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, sobre aeródromos de uso restringido.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 05-09-2026
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. . III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2026-18686)
Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, sobre aeródromos de uso restringido.
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Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, sobre aeródromos de uso restringido.Núm. 220
Sábado 5 de septiembre de 2026
Sec. III. Pág. 119535
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
18686
Resolución de 14 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de
Canarias, sobre aeródromos de uso restringido.
La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el Consejero de Obras
Públicas, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias han suscrito un convenio sobre
aeródromos de uso restringido.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anexo a la
presente resolución.
Madrid, 14 de julio de 2026.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea,
Montserrat Mestres Domènech.
ANEXO
Convenio entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el Gobierno de Canarias
sobre aeródromos de uso restringido
REUNIDOS
Madrid, 15 de junio de 2026.
De una parte, doña Montserrat Mestres Domènech, en su calidad de Directora de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (en adelante AESA), nombrada por acuerdo del
Consejo Rector de 6 de mayo de 2022 y en uso de las facultades que le confiere el Real
Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de AESA y de las
facultades que le fueron delegadas por resolución de 26 de mayo de 2023, del Consejo
Rector de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias,
por la que se delegan en la persona titular de la dirección de la Agencia, entre otras, las
competencias de aprobación de convenios.
De otra parte, don Pablo Rodríguez Valido, en su calidad de Consejero de Obras
Públicas, Vivienda y Movilidad, actuando en el presente acto en nombre y representación
del Gobierno de Canarias, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 43/2023,
de 14 de julio, y en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 29.1 letra
K) de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de
Canarias.
EXPONEN
Primero.
Competencias.
Las actuaciones convenidas se fundamentan en las siguientes competencias.
De acuerdo con la Constitución Española, artículo 148, las Comunidades
Autónomas. pueden asumir competencias en los «aeropuertos deportivos y, en general,
los que no desarrollen actividades comerciales».
cve: BOE-A-2026-18686
Verificable en https://www.boe.es
Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para suscribir este
convenio,
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 05-09-2026
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