Resolución de 7 de agosto de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Arango-Lara.
Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-09-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2026-18962)
Resolución de 7 de agosto de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Arango-Lara.
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Resolución de 7 de agosto de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Arango-Lara.Núm. 224
Jueves 10 de septiembre de 2026
Sec. III. Pág. 121027
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
18962
Resolución de 7 de agosto de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Arango-Lara.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Pelayo Arango Lara según resulta de la
escritura otorgada ante el notario de Madrid Miguel Mestanza Iturmendi el 22 de mayo
de 2025, con el número 1.241 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el notario
de Bilbao Nicolás Almarza Ayarza, el 20 de octubre de 2025, con el número 3.590 de
protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Joaquín Zurita, n.º 36,
28860 de Boadilla del Monte (Madrid) y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita mediante la correspondiente
certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La Fundación tiene un fin benéfico social, cuya finalidad es la mejora de la calidad de
vida de diferentes colectivos vulnerables con necesidades especiales, independientemente
de su edad, bien sean derivadas de cualquier enfermedad rara y/o degenerativa o bien
derivada de cualquier otra circunstancia médica o patología.
Don Pelayo Arango Lara, don Antonio Gómez Velasco, doña Miren Begoña Arbulu
Goiri, doña Susana Núñez Muñecas, doña Cristina Calleja Pérez y doña Fátima Lourdes
Domínguez Fernández.
Cargos:
Presidente: Don Pelayo Arango Lara.
Vicepresidente: Don Antonio Gómez Velasco.
Vicepresidenta: Doña Miren Begoña Arbulu Goiri.
Secretaria no patrono: Doña María Natividad Aitana Méndez Vilaplana.
Vocales: Doña Susana Núñez Muñecas, doña Cristina Calleja Pérez, doña Fátima
Lourdes Domínguez Fernández.
cve: BOE-A-2026-18962
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronos.
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 10-09-2026
Resolución de 31 de agosto de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Escalona, en materia de seguridad.
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar por el que se somete a información pública la solicitud de concesión de aguas subterráneas en el T.M. de La Roda (Albacete), Expediente 2022CP0061.
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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., de información pública de la concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales con destino a uso industrial (piscifactoría), en el término municipal de Pino del Río (Palencia). Ref. expte.: C-0027/2026 (INTEGRA-AYE) PA.
Anuncio de la Escuela de Doctorado de Navarra (EDONA) de la Universidad Pública de Navarra sobre extravío de título universitario.
Anuncio de la Comunidad de Regantes Las Monjas sobre convocatoria de Junta.