Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 23-10-2023
Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2023063592)
Resolución de 16 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se conceden los premios del II Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
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Resolución de 16 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se conceden los premios del II Concurso de Debate Escolar de Extremadura.53727
Lunes 23 de octubre de 2023
RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se
conceden los premios del II Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
(2023063592)
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 6 de febrero de 2023, por la que se convoca
el II Concurso de Debate Escolar de Extremadura (DOE n.º 29, de 10 de febrero), a tenor de
lo que se establece en su artículo 17, a propuesta de la Secretaría General de Educación y
Formación Profesional, de conformidad con la selección efectuada por la comisión de organización y selección, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Conceder los premios del II Concurso de Debate Escolar de Extremadura al alumnado que se
relaciona en el anexo a la presente resolución.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso
contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a
lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 16 de octubre de 2023.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO
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