Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 04-03-2024
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Organizaciones Empresariales. Estatutos. (2024060752)
Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se anuncia el depósito de la modificación de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Comerciantes y Empresarios de Miajadas y comarca en siglas ACOMIC con número de depósito 81100031.
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Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se anuncia el depósito de la modificación de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Comerciantes y Empresarios de Miajadas y comarca en siglas ACOMIC con número de depósito 81100031.Lunes 4 de marzo de 2024
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RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se anuncia el depósito de la modificación de los Estatutos de la
asociación empresarial denominada Asociación de Comerciantes y Empresarios
de Miajadas y comarca en siglas ACOMIC con número de depósito 81100031.
(2024060752)
Vista la solicitud de modificaciones estatutarias presentada por la organización denominada
“Asociación de Comerciantes y Empresarios de Miajadas y Comarca”, en siglas “ACOMIC”, se
dicta la presente resolución en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El día 7 de febrero de 2024 ha sido presentada solicitud de depósito de modificaciones estatutarias por D. Mario Gil Romera, en representación de la organización referenciada,
mediante escrito tramitado con el número de entrada 81/2024/000018.
Segundo. Junto con la solicitud, se ha presentado como documentación adjunta:
— Certificado de modificación de estatutos, de fecha 25 de octubre de 2023.
— Texto íntegro de los estatutos de la organización.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia corresponde a esta Dirección General al amparo de lo dispuesto en
el artículo 9 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, sobre distribución de competencias
y sobre creación de registros públicos en materia de ejecución de la legislación laboral, por el
que se crea el depósito de estatutos de asociaciones empresariales y sindicales.
Segundo. El artículo 2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, en conexión con el artículo 7 del mismo
texto legal, dispone que las organizaciones empresariales podrán depositar las modificaciones
de sus estatutos.
Tercero. El citado artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, establece que junto
con la solicitud deberán presentarse los siguientes documentos:
— Acta de la reunión de la asamblea general o del órgano competente para la modificación estatutaria de acuerdo con los estatutos de la organización, o certificación de ésta
extendida por la persona o cargos con facultad para otorgarla de conformidad con los
estatutos, que recoja el acuerdo adoptado por el que se modifican los estatutos y la
relación de artículos modificados.
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