Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 23-04-2024
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061360)
Resolución de 14 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 12,0356 ha de olivar en el polígono 8, parcela 16, a ubicar en el término municipal de Palomas, promovido por Marta Hernández Benítez Donoso. Expte.: IA23/0673.
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Resolución de 14 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 12,0356 ha de olivar en el polígono 8, parcela 16, a ubicar en el término municipal de Palomas, promovido por Marta Hernández Benítez Donoso. Expte.: IA23/0673.Martes 23 de abril de 2024
21358
RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta
en riego de 12,0356 ha de olivar en el polígono 8, parcela 16, a ubicar en
el término municipal de Palomas, promovido por Marta Hernández Benítez
Donoso. Expte.: IA23/0673. (2024061360)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de puesta en riego de 12,0356 ha de olivar en el polígono 8 parcela 16, a ubicar
en el término municipal de Palomas, promovido por Marta Hernández Benítez Donoso, se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos
de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto 2.º “Proyectos de transformación a
regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha, no
incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste, en la implantación un regadío de 12,0356 ha de olivar. Se establecerá
un sistema de riego por goteo mediante una concesión de aguas subterráneas.
La superficie a transformar en regadío se corresponde con el polígono 8 parcela 16 del término municipal de Palomas. Dicha parcela, se abastecerá a través de tres pozos de sondeo
situados en la misma zona del proyecto, polígono 8 parcela 16 del término municipal de
Palomas (Badajoz).
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