Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 12-08-2024
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062674)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental relativo al proyecto de almacenamiento de residuos no peligrosos en las parcelas M6, M7 y M8 del polígono industrial La Cañada, en Moraleja (Cáceres)", cuya promotora es Card VFU Tomé, SL. Expte.: IA23/0230.
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Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental relativo al proyecto de almacenamiento de residuos no peligrosos en las parcelas M6, M7 y M8 del polígono industrial La Cañada, en Moraleja (Cáceres)", cuya promotora es Card VFU Tomé, SL. Expte.: IA23/0230.Lunes 12 de agosto de 2024
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RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula el informe de impacto ambiental relativo
al proyecto de almacenamiento de residuos no peligrosos en las parcelas
M6, M7 y M8 del polígono industrial La Cañada, en Moraleja (Cáceres)",
cuya promotora es Card VFU Tomé, SL. Expte.: IA23/0230. (2024062674)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación
ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto “Almacenamiento de residuos no peligrosos en las parcelas M6, M7 y M8 del polígono industrial La Cañada, en Moraleja, Cáceres”, a ejecutar en el término municipal de Cáceres, es encuadrable en el grupo 9 “Otros proyectos” epígrafe “b) Instalaciones de eliminación
o valorización de residuos no incluidas en el anexo I, excepto la eliminación o valorización de
residuos propios no peligrosos en el lugar de producción” y “d) Almacenamiento de chatarra,
incluidos vehículos desechados”. del anexo II “Proyectos sometidos a la evaluación ambiental
simplificada regulada en el título II, capítulo II, sección 2.ª” de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La promotora del proyecto es Card VFU Tomé, SL, con NIF: B10393288 y con domicilio social
en c/ Río Árrago, parcela 26, Pol. Ind. La Cañada. 10840 Moraleja (Cáceres).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del 233/2023, de 12
de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que
se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
La actividad a desarrollar en las instalaciones proyectadas es la de almacenamiento de
residuos no peligrosos procedentes de un centro de descontaminación de vehículos fuera
de uso, para su posterior entrega a un gestor autorizado.
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