Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 08-01-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064265)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación de destrucción de papel en las instalaciones de Aprosuba 3, promovida por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, en el término municipal de Badajoz.
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Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la instalación de destrucción de papel en las instalaciones de Aprosuba 3, promovida por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, en el término municipal de Badajoz.Miércoles 8 de enero de 2025
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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
la instalación de destrucción de papel en las instalaciones de Aprosuba 3,
promovida por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, en el término municipal de
Badajoz. (2024064265)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 13 de mayo de 2024 tiene entrada en el Registro único de la Junta de
Extremadura la solicitud de Autorización Ambiental Unificada para instalación de destrucción
de documentación, ubicada en Badajoz y titularidad de Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular
en las categorías 9.1 “Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de
los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I” y 9.6 “Instalaciones de
gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidos en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los
puntos limpios”, del anexo II de la mencionada ley.
Tercero. La actividad se ubica en la N-523, pk 79,500, en el término municipal de Badajoz.
Referencia catastral: 06900A76500022.
Cuarto. Mediante Anuncio de 16 de julio de 2024, publicado en el DOE n.º 181, de 17 de
septiembre, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3 de la
Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de la autorización ambiental unificada de
la instalación para la destrucción de papel, promovida por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL,
ubicada en el término municipal de Badajoz podría ser examinada, durante el plazo de veinte
días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial
de Extremadura, sin que se haya recibido alegación alguna.
Quinto. Simultáneamente al período de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 19 de julio de 2024, se remite la solicitud de autorización ambiental unificada
(AAU) al Ayuntamiento de Badajoz, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación
de la instalación analizada en todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud
de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por
el Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo. Con fecha 29 de octubre de 2024 se reitera solicitud
de informe Técnico al Ayuntamiento de Badajoz, sin que se haya recibido respuesta alguna.
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Anuncio de 17 de diciembre de 2024 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa correspondiente a la instalación fotovoltaica "FV Hornachos Sur", ubicada en el término municipal de Hornachos (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/29/23.