Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 30-01-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060174)
Resolución de 18 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión mixta de aguas superficiales y subterráneas para riego por goteo de 101,21 ha, en la finca "Valle Arenoso", ubicada en la parcela 25 del polígono 191, del término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/0327.
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Resolución de 18 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión mixta de aguas superficiales y subterráneas para riego por goteo de 101,21 ha, en la finca "Valle Arenoso", ubicada en la parcela 25 del polígono 191, del término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/0327.Jueves 30 de enero de 2025
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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de concesión mixta de aguas superficiales y subterráneas para
riego por goteo de 101,21 ha, en la finca "Valle Arenoso", ubicada en la
parcela 25 del polígono 191, del término municipal de Badajoz (Badajoz).
Expte.: IA22/0327. (2025060174)
El proyecto de concesión mixta de aguas superficiales y subterráneas para riego por goteo de
101,21 ha, en la finca “Valle Arenoso”, ubicada en la parcela 25 del polígono 191, del término
municipal de Badajoz, pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos
de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha
cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas
por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se
establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la
resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las
obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto para la concesión mixta de aguas superficiales y subterráneas
para riego por goteo de 101,21 ha, en la finca “Valle Arenoso”, ubicada en la parcela 25
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