Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 12-02-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Notificaciones. (2025080190)
Anuncio de 23 de enero de 2025 sobre notificación de trámite de subsanación y/o mejora derivado de los controles por requisitos no monitorizables incluidos en el Sistema de monitorización de superficie, correspondientes a la solicitud única 2024 y 2025.
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Anuncio de 23 de enero de 2025 sobre notificación de trámite de subsanación y/o mejora derivado de los controles por requisitos no monitorizables incluidos en el Sistema de monitorización de superficie, correspondientes a la solicitud única 2024 y 2025.Miércoles 12 de febrero de 2025
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ANUNCIO de 23 de enero de 2025 sobre notificación de trámite de subsanación
y/o mejora derivado de los controles por requisitos no monitorizables incluidos
en el Sistema de monitorización de superficie, correspondientes a la solicitud
única 2024 y 2025. (2025080190)
El apartado 1 del artículo 15 de la Orden de 20 de febrero de 2023 por la que se regulan las
especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura
y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros
pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, la actualización
de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de
Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y
de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, define al Sistema
de monitorización de superficie como el procedimiento periódico y sistemático de observación,
localización y evaluación de las actividades y prácticas agrícolas realizadas en las superficies
agrícolas mediante los datos obtenidos por los satélites Sentinel de Copernicus u otros datos
con valor equivalente, como mínimo, durante un periodo de tiempo que permita concluir sobre la subvencionabilidad de las intervenciones solicitadas. Asimismo, el Sistema de monitorización de superficies incluirá, allí donde sea necesario, acciones de seguimiento adecuadas
para concluir sobre la subvencionabilidad de los casos que puedan resultar no concluyentes.
En el apartado 4 del artículo 15 antes mencionado, se establece que el Sistema de monitorización de superficies descrito en el apartado 1, se aplicará obligatoriamente a todas las
solicitudes de ayuda que contengan intervenciones incluidas en el Plan Estratégico Nacional
de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027 basadas en superficies.
También los apartados 8 y 9 de dicho artículo 15 indican que los controles por monitorización
se basarán en los resultados obtenidos en el marco del Sistema de monitorización de superficies para concluir sobre los criterios de subvencionabilidad de las distintas intervenciones sometidas al mismo. Estos resultados habrán de complementarse con un control del 1% de las
personas beneficiarias a nivel de intervención afectadas por criterios de subvencionabilidad,
compromisos u otras obligaciones que no puedan ser objeto de monitorización con información proporcionada por los satélites Sentinel u otros datos con valor equivalente, incluidas
fotografías geoetiquetadas, y que sean relevantes para concluir sobre la subvencionabilidad
de las distintas intervenciones.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la referida Orden de 20 de febrero de 2023,
mediante este anuncio se notifica el trámite de subsanación y/o mejora, para los interesados
que aparecen en el anexo de este anuncio, informando a los mismos de los diferentes tipos
de documentación a aportar correspondiente a los controles de requisitos no monitorizables
(FEAGA) campañas 2024 y 2025.
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