Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-04-2025
Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación De Adultos. (2025040031)
Corrección de errores del Decreto 82/2024, de 23 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Corrección de errores del Decreto 82/2024, de 23 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.19109
Jueves 10 de abril de 2025
I
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
CORRECCIÓN de errores del Decreto 82/2024, de 23 de julio, por el que
se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria para
personas adultas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025040031)
Advertido error en el Anexo III. Cuadro de convalidaciones, Educación secundaria para personas adultas, del Decreto 82/2024, de 23 de julio, por el que se establecen la ordenación y
el currículo de la Educación Secundaria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE n.º 146, de 29 de julio), por haberse omitido dos tablas, concretamente
las tablas K) y L), relativas a las convalidaciones de aquellas materias reguladas por el Decreto 110/2022, y las reguladas en la Orden de 24 de marzo de 2023, se sustituye el anexo III,
por el que se acompaña.
ANEXO III
CUADRO DE CONVALIDACIONES EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS
A) Personas que acceden a la educación secundaria obligatoria para personas adultas desde
las enseñanzas reguladas por la Ley 14/1970, de 4 de agosto, general de educación y financiamiento de la reforma educativa.
ESTUDIOS CURSADOS
DEBE MATRICULARSE
6º DE EGB SUPERADO
Módulo I de cada ámbito de Nivel I de ESPA
7º CURSO DE EGB SUPERADO
Módulo II de cada ámbito de Nivel I de
ESPA
8º EGB SUPERADO O TÍTULO DE GRADUADO ESCOLAR
Modulo III de cada ámbito de Nivel II de
ESPA
1º DE BUP CON UN MÁXIMO DE DOS MATERIAS NO
SUPERADAS
1º DE FP I CON UN MÁXIMO DE DOS MATERIAS NO
SUPERADAS
Módulo IV de cada ámbito de Nivel II de
ESPA
B) Personas que acceden a la educación secundaria obligatoria para personas adultas desde
las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de ordenación general del sistema educativo, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada
por la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
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