Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 25-07-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Administración Electrónica. (2025062856)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social, por la que se establecen determinadas actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de actuación de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
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Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Cooperativas y Economía Social, por la que se establecen determinadas actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de actuación de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.Viernes 25 de julio de 2025
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RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Cooperativas
y Economía Social, por la que se establecen determinadas actuaciones
administrativas automatizadas en el ámbito de actuación de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. (2025062856)
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, define en su artículo
41.1 la actuación administrativa automatizada como cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública, en el marco de un
procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado
público.
En estos casos, dicho precepto prevé que deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación,
mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoria del sistema de información y de código fuente. Asimismo, continúa el precepto, deberá indicarse el órgano que
debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Por su parte, en su artículo 42 se establece la posibilidad de usar el Sello Electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación
de firma electrónica como sistema de firma para la actuación administrativa automatizada.
En nuestro ámbito, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dedica sus artículos 39 y
40 a los sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada y a los
sistemas de firma electrónica mediante sello electrónico, respectivamente.
A la Dirección General de Cooperativas y Economía Social le corresponde, bajo la superior
dirección de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, el ejercicio de las competencias en materia de sociedades cooperativas y sociedades
laborales, y, en particular, la promoción , estímulo y desarrollo del movimiento cooperativo, la
llevanza del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura y del Registro de Sociedades Laborales de la Comunidad autónoma de Extremadura, y el asesoramiento, la asistencia
y la fiscalización de estas sociedades. Le corresponde, así mismo, la llevanza del Registro de
Sociedades Agrarias de Transformación de la comunidad Autónoma de Extremadura y del Registro de Entidades Agroalimentarias Prioritarias de Extremadura.
El Decreto 172/2002, de 17 de noviembre, por el que se aprueba Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Sociedades Cooperativas establece, entre las distintas
funciones registrales, la de emitir certificaciones de los asientos que constan en los libros de
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 25-07-2025
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