Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 04-08-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062933)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación ambiental ordinaria del proyecto "Implantación de olivar superintensivo, cambio de uso y puesta en riego por goteo de 42,726 ha, en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz)", y cuya promotora es Azagales, SL. Expte.: A24/0725.
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Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación ambiental ordinaria del proyecto "Implantación de olivar superintensivo, cambio de uso y puesta en riego por goteo de 42,726 ha, en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz)", y cuya promotora es Azagales, SL. Expte.: A24/0725.Lunes 4 de agosto de 2025
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RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento
a evaluación ambiental ordinaria del proyecto "Implantación de olivar
superintensivo, cambio de uso y puesta en riego por goteo de 42,726 ha, en
el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz)", y cuya promotora es
Azagales, SL. Expte.: A24/0725. (2025062933)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Implantación de olivar superintensivo, cambio de uso y puesta en riego por
goteo de 42,726 ha en el polígono 24 parcela 4 del término municipal de Puebla de la Reina
(Badajoz)”, y cuya promotora es Azagales, SL, es encuadrable en el grupo 1, apartado c)
punto 2.º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el grupo I, apartado d) punto 2.º del anexo II de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación a regadío
o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha”.
La promotora del proyecto es Azagales, SL.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de
24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
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