Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 14-08-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sentencias. Ejecución. (2025063110)
Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 94/2025, de 13 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 219/2024.
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Resolución de 5 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 94/2025, de 13 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 219/2024.Jueves 14 de agosto de 2025
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RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que
se dispone la ejecución de la sentencia n.º 94/2025, de 13 de junio, dictada
por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el
procedimiento abreviado n.º 219/2024. (2025063110)
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida ha dictado sentencia en el procedimiento abreviado 219/2024 promovido por Nuestra Señora de la Estrella, SA, siendo parte
demandada la Junta de Extremadura, contra la Resolución de la Secretaría de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución sancionadora del Director General
de Sostenibilidad de 2 de mayo de 2023, dictadas en el expediente sancionador R 2022/161.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su
Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura establece que “Corresponde la
ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que
legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por
razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
El artículo 8 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de las resoluciones judiciales (DOE de 30 de junio), establece que la
ejecución de las resoluciones recaídas en recursos contencioso-administrativos en los que sea
parte la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponderá al órgano
que dictó el acto o disposición origen del proceso.
Asimismo, el artículo 9 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación
administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano
competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia,
debiendo ser adoptada dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha en que se
reciba el expediente y el testimonio de la sentencia del tribunal que la haya dictado, y será
publicada en el Diario Oficial de Extremadura cuando anule o modifique el acto impugnado.
Por lo tanto, de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículo 8 y siguientes del Decreto
59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de resoluciones judiciales, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de 2 de agosto de 2023,
de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias, esta Secretaría
General,
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 14-08-2025
Resolución de 6 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se regula la actividad convencional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Resolución de 5 de agosto de 2025, del Consejero, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 51/2025, de 30 de abril, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida en el procedimiento abreviado n.º 232/2024.
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