Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 01-09-2025
Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Sentencias. Ejecución. (2025063204)
Resolución de 21 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 52/2024, de 4 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 34/2024.
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Resolución de 21 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 52/2024, de 4 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 34/2024.Lunes 1 de septiembre de 2025
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RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2025, de la Secretaría General, por la
que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 52/2024, de 4 de junio,
dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en
el procedimiento abreviado n.º 34/2024. (2025063204)
En el recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º
34/2024, promovido por Touchit, SL, siendo parte demandada la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo
contra la Resolución del recurso de alzada de fecha 28 de diciembre de 2023, contra la Resolución dictada por el Director General de Transportes en el expediente BA1825/21, que impone
una sanción de 401 euros, se ha dictado sentencia firme núm. 52/2024, por el Juzgado de lo
Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dicte la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
De conformidad, con los artículos 129 a 136 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que
se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, así como
con lo dispuesto en la Ley 1/2002, del 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto 238/2023,de 12 de septiembre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda, y en la Resolución de 7 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delega el
ejercicio de competencias en diversas materias y se establece el régimen de suplencia de los
órganos directivos de la Consejería.
Por consiguiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 52/2024, de 4 de junio de 2024, dictada por el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado
núm. 34/2024, llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:
“Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por el Procurador Sr. Álvarez Cuadrado, obrando en nombre y representación de la
entidad Touchit, SL, contra la Resolución de 28 de diciembre de 2023 de la Consejería de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la actora frente a la Resolución del procedimiento
sancionador BA1825/21 dictada por el Sr. Director General de Transportes, en fecha 19
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