Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-11-2025
Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Bachillerato. Titulaciones. (2025063955)
Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.Lunes 10 de noviembre de 2025
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las
pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores
de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2025/2026. (2025063955)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 66.4, la posi
bilidad de establecer conexiones entre los distintos tipos de enseñanzas, así como la posibi
lidad de validar los aprendizajes adquiridos mediante vías alternativas a las de los estudios
reglados y, en este sentido, su artículo 69.4, señala que corresponde a las Administraciones
educativas organizar periódicamente pruebas que sirvan para la obtención directa del título
de Bachiller.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de
Educación de Extremadura, en el artículo 121 establece: “Todas las personas tienen derecho
al aprendizaje a lo largo de la vida. Para hacer efectivo el ejercicio de este derecho, la Admi
nistración autonómica promoverá ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la concilia
ción de la vida personal, laboral o familiar con la formación”.
El Real Decreto 243/2022, de 25 de abril, por el que se establecen la ordenación y las en
señanzas mínimas del Bachillerato, en su disposición adicional tercera, apartado 6: “Corres
ponderá a las administraciones educativas la organización de pruebas para que las personas
mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller, siempre que de
muestren haber alcanzado los objetivos y competencias del Bachillerato. Dichas pruebas, que
deberán contar con las medidas de accesibilidad universal y las adaptaciones que precise todo
el alumnado con necesidades educativas especiales, se organizarán de manera diferenciada
según las modalidades del Bachillerato”.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en desarrollo del precitado Real
Decreto, los elementos constitutivos del currículo y la ordenación general del Bachillerato
están determinados en el Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establece la or
denación y el currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 164, de 25 de agosto de 2022, modificado por Decreto 243/2023, de 12 de septiembre
(DOE núm. 180 de 19 de septiembre).
En la Orden de 7 de febrero 2025, de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profe
sional, de organización y funcionamiento del Bachillerato para personas adultas y por la que
se establecen las características de las pruebas para la obtención del título de Bachiller para
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