Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 05-12-2025
Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Personal Estatutario. Servicio Extremeño De Salud. (2025050165)
Orden de 26 de noviembre de 2025 por la que se por la que se procede al cambio de la denominación de la categoría estatutaria de Profesor de Logofonía/Logopedia en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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Orden de 26 de noviembre de 2025 por la que se por la que se procede al cambio de la denominación de la categoría estatutaria de Profesor de Logofonía/Logopedia en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.Viernes 5 de diciembre de 2025
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CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
ORDEN de 26 de noviembre de 2025 por la que se por la que se procede
al cambio de la denominación de la categoría estatutaria de Profesor de
Logofonía/Logopedia en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio
Extremeño de Salud. (2025050165)
Entre las categorías que el Servicio Extremeño de Salud, tras su creación como organismo
autónomo por la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, recibió del INSALUD
se encuentra la de Profesor de Logofonía/ Logopedia. Sin embargo, en todo este tiempo es
evidente que la profesión ha evolucionado en coherencia con la titulación requerida para su
ejercicio y resulta necesario adaptar del mismo modo su denominación pasando a ser la de
Logopeda.
El Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, adaptó las titulaciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior, implantando el sistema de créditos ECTS y un modelo
común de calificaciones válido en todo el territorio nacional. A ello se sumó la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que reconoció como profesiones sanitarias aquellas vinculadas a titulaciones del ámbito de la salud. En su artículo 2.2
b), la norma incluye expresamente la Logopedia como profesión sanitaria de nivel Diplomado,
encuadramiento que ha tenido en el Servicio Extremeño de Salud desde el traspaso de competencias desde INSALUD.
Posteriormente, el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, reguló el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de
salud, considerando equivalentes las categorías de Profesor de Logofonía y Logopedia y la de
Logopeda, clasificándolas como personal diplomado sanitario.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 189/2004, de 14 de
diciembre, por el que se regula la estructura orgánica del Servicio Extremeño de Salud en las
Áreas de Salud, establece en su disposición adicional única que se publicará mediante orden
de la Consejería de Sanidad y Dependencia la creación, modificación y supresión de categorías de personal estatutario.
En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y previa negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad,
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