Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 16-12-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025064407)
Resolución de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego por goteo de 29,88 ha de olivar superintensivo y 9,6 ha de pistachos, a ubicar en las parcelas 3 y 9, del polígono 659, del término municipal de Badajoz", cuya promotora es Indelcid, SL. Expte.: IA20/0207.
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Resolución de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego por goteo de 29,88 ha de olivar superintensivo y 9,6 ha de pistachos, a ubicar en las parcelas 3 y 9, del polígono 659, del término municipal de Badajoz", cuya promotora es Indelcid, SL. Expte.: IA20/0207.Martes 16 de diciembre de 2025
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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de "Puesta en riego por goteo de 29,88 ha de olivar superintensivo
y 9,6 ha de pistachos, a ubicar en las parcelas 3 y 9, del polígono 659,
del término municipal de Badajoz", cuya promotora es Indelcid, SL. Expte.:
IA20/0207. (2025064407)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Puesta en riego por goteo de 29,88 ha de olivar superintensivo y 9,60 ha de
pistachos, a ubicar en las parcelas 3 y 9, del polígono 659 del término municipal de Badajoz (Badajoz)”, es encuadrable en el grupo 1, apartado d), punto 2.º, del anexo V de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y en el grupo I, apartado c), punto 2.º, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental “Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando
afecten a una superficie superior a 10 ha”.
La promotora del proyecto Indelcid, SL.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de
los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio
de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley
6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia
de regadíos.
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