Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 31-12-2025
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025064665)
Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto "Renovación y adecuación del estudio de impacto ambiental para la concesión derivada Atalayuela, término municipal de Santa Cruz de la Sierra (Cáceres)", cuya promotora es Tecnogranit, SL. Expte.: IA19/1731.
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Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto "Renovación y adecuación del estudio de impacto ambiental para la concesión derivada Atalayuela, término municipal de Santa Cruz de la Sierra (Cáceres)", cuya promotora es Tecnogranit, SL. Expte.: IA19/1731.Miércoles 31 de diciembre de 2025
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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto "Renovación y adecuación del estudio de impacto ambiental para
la concesión derivada Atalayuela, término municipal de Santa Cruz de la
Sierra (Cáceres)", cuya promotora es Tecnogranit, SL. Expte.: IA19/1731.
(2025064665)
El proyecto a que se refiere el presente Informe se encuentra comprendido en el grupo 2 (“Industria extractiva”), epígrafe a), del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la
obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución
administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas su anexo IV.
Por otra parte, la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 84, que la declaración de impacto ambiental
perderá su vigencia si transcurridos 4 años desde su publicación en el DOE, no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto, como ocurre en este caso, por lo que el promotor deberá
iniciar nuevamente el trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto, salvo en los
caso causa de prórroga de vigencia que se detallan en este mismo artículo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, que establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo.
El promotor del proyecto es Tecnogranit, SL, con CIF B-06206510 y domicilio social en
avenida de la Constitución, n.º 60, de Don Benito, Badajoz.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización de la concesión derivada de explotación de recurso de la Sección C), así como para autorizar el plan de
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 31-12-2025
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