Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 02-02-2026
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2026060252)
Resolución de 22 de enero de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora y cambio de 36,33 ha de cultivos herbáceos a olivar superintensivo con riego por goteo, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA24/0069.
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Resolución de 22 de enero de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de mejora y cambio de 36,33 ha de cultivos herbáceos a olivar superintensivo con riego por goteo, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA24/0069.Lunes 2 de febrero de 2026
6040
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de
mejora y cambio de 36,33 ha de cultivos herbáceos a olivar superintensivo
con riego por goteo, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.:
IA24/0069. (2026060252)
El proyecto de mejora y cambio de 36,33 ha de cultivos herbáceos a olivar superintensivo
con riego por goteo, en el polígono 19 parcelas 19 y 33 del término municipal de Logrosán
(Cáceres), pertenece al anexo I, grupo 9 “Otros proyectos”, apartado a) “Proyectos cuando
se desarrollen en espacios protegidos” punto 3.º para “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura para la transformación, consolidación o mejora de más de 10 ha”,
del Real Decreto 445/2023. De 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la
ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En dicha normativa se establece la
obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución
administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
La presente resolución analiza los principales elementos considerados en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y el resultado de la
información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto de mejora de regadío con riego por goteo, mediante el aprovechamiento de aguas superficiales, de 36,33 ha de olivar, en el término municipal de
Logrosán (Cáceres), es María del Carmen Pérez Padilla.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de
los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio
de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la
Ley 6/2015, de 24 de marzo,Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en
materia de regadíos.
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