Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 06-02-2026
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2026060285)
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Comunicación previa provincial de ascensores para inspección periódica, por organismo de control", así como los modelos de formularios asociados a la tramitación.
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Resolución de 27 de enero de 2026, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Comunicación previa provincial de ascensores para inspección periódica, por organismo de control", así como los modelos de formularios asociados a la tramitación.Viernes 6 de febrero de 2026
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RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2026, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación
por medios electrónicos del procedimiento de "Comunicación previa provincial
de ascensores para inspección periódica, por organismo de control", así como
los modelos de formularios asociados a la tramitación. (2026060285)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 355/2024, de 2 de abril,
por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 “Ascensores”, que
regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así
como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente, los ascensores serán
inspeccionados por organismos de control que cumplan el Real Decreto 2200/1995, de 28
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la
Seguridad Industrial, cuyo ámbito de acreditación incluya el campo reglamentario de ascensores, con el fin de comprobar que los aparatos se mantienen en las mismas condiciones de
seguridad que presentaban cuando se introdujeron en el mercado, más las posteriores que
les fueran exigibles.
Asimismo, en el artículo 11.6.b) de dicho real decreto, relativo a los aspectos previos a la
inspección, en concreto, “Comunicación de inspecciones periódicas por los organismos de
control”, se establece que antes de realizar la inspección periódica, el organismo de control
comunicará a la empresa conservadora y al o la titular, la fecha prevista de la misma, de
forma que pueda presenciarla si lo considera oportuno. Asimismo, el organismo de control
comunicará, al menos con una semana de antelación, al órgano competente de la comunidad
autónoma en la que radique la instalación, las inspecciones previstas. De todas las comunicaciones el organismo de control guardará registro.
El procedimiento para llevarlo a cabo será mediante la presentación de una comunicación y la
documentación que acompañe a la misma, que irá dirigida por el Organismo de Control que
realiza la inspección periódica, a la Dirección General con competencias en materia de industria, que es la competente para el registro de este trámite.
Como documento adjunto a la comunicación, se presentará hoja de cálculo en formato .xlsx
que incluirá la relación prevista de ascensores para su inspección periódica y que se encuentra
en la siguiente dirección
http://industriaextremadura.juntaex.es/kamino/index.php/formularios-e-impresos2, en el
apartado de Organismos de Control.
La realización de este trámite, se efectuarán íntegramente por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo la Sede Electrónica Corporativa de
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