Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 14-04-2026
Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2026050037)
Orden de 7 de abril de 2026 por la que se modifican los límites del Coto Regional de Caza de Cañamero.
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Orden de 7 de abril de 2026 por la que se modifican los límites del Coto Regional de Caza de Cañamero.Martes 14 de abril de 2026
I
13343
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESAL Y MUNDO RURAL
ORDEN de 7 de abril de 2026 por la que se modifican los límites del Coto
Regional de Caza de Cañamero. (2026050037)
La Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura y sus posteriores modificaciones, tienen como finalidad la protección, conservación, fomento y ordenado aprovechamiento
de los recursos cinegéticos de Extremadura en el marco de la protección y conservación de
los hábitats donde el ejercicio de la caza se desarrolla en armonía con otros usos, buscando
la compatibilidad y el equilibrio natural que permita el desarrollo económico sostenible de la
actividad, y cumpla además con fines de carácter cultural, deportivo, turístico y social.
En este marco se configuran los Cotos Regionales de Caza como terrenos cinegéticos bajo
gestión pública que tienen como finalidad facilitar el ejercicio de la caza en igualdad de oportunidades con especial atención a los cazadores extremeños.
El Coto Regional de Caza de Cañamero, declarado mediante Resolución de 15 de abril de 1996
de la Dirección General de Medio Ambiente, está situado en el término municipal de Cañamero. Es necesario resaltar los valores naturales y de conservación de los terrenos que integran
el coto regional de caza de Cañamero, que pertenece a la Red de Áreas Protegidas de Extremadura al estar incluidos en el LIC “Río Ruecas Alto”. La declaración de Coto Regional de Caza
es compatible y contribuye al mantenimiento de este espacio, lo que unido a la finalidad social
que persigue el Coto hace deseable y conveniente su mantenimiento en el tiempo.
El Coto Regional de Caza de Cañamero ha sufrido varias modificaciones en sus límites desde
su constitución. La primera modificación en el año 2002, mediante Resolución de 31 de julio
de 2002, de la Dirección General de Medio Ambiente. La segunda modificación en el año 2008,
mediante Resolución de 14 de octubre de 2008, de la Dirección General del Medio Natural. Y,
la tercera, en el año 2015, mediante la Orden de 21 de mayo de 2015, de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, por la que se modifican los límites
del Coto Regional de Caza de Cañamero. Actualmente, es necesario realizar una nueva remodelación de los límites del coto delimitando los terrenos susceptibles de aprovechamiento
cinegético de aquellos que van a perder la finalidad para la que fueron declarados. La segregación de superficie obedece a una finalidad aclaratoria respecto de las parcelas, de las que,
parte de su superficie está dentro del Coto Regional y parte están dentro del Coto Social del
término municipal de Cañamero.
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