Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 30-04-2026
Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2026060951)
Resolución de 16 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual M-003 del Plan General Municipal de Torremejía. Expte.: IA25/0517.
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Resolución de 16 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual M-003 del Plan General Municipal de Torremejía. Expte.: IA25/0517.Jueves 30 de abril de 2026
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RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe ambiental estratégico en la forma prevista en
la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual M-003 del Plan General
Municipal de Torremejía. Expte.: IA25/0517. (2026060951)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha ley.
La modificación puntual M-003 del Plan General Municipal de Torremejía, se encuentra encuadrada en el artículo 49, letra f), apartado 3.º de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. O
bjeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual M-003 del Plan General Municipal de Torremejía consiste en el
cambio de uso de una parcela de zona verde a uso industrial. El objetivo de la misma es
subsanar un error del vigente Plan General Municipal, que califica para uso de zona verde
una superficie de 926 m2 que en las anteriores NNSS estaba calificada para uso industrial,
parte son dominio público y parte de titularidad privada. La superficie de titularidad privada es de 460 m2 y 466 m2 de titularidad pública que constituyen el ámbito de la actuación
de urbanización AU-OPO-07, con un total de 926 m2.
La corporación municipal promueve la modificación con la finalidad de restituir el uso
industrial a la superficie de 460 m2 con titularidad privada, evitando la expropiación de
un suelo productivo para destinarlo a zona verde, manteniendo los restantes 466 m2 de
titularidad pública como zona verde. La expropiación de esta superficie para zona verde
no es justificable en base al cumplimiento del estándar de zona verde en el municipio,
actualmente de 33,02 m2/habitante, siendo el estándar mínimo de 5 m2/habitante, con la
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 30-04-2026
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