Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 08-05-2026
Vicepresidencia Y Consejería De Presidencia, Coordinación De La Acción De Gobierno, Interior Y Emergencias. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2026061162)
Resolución de 7 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por la que se delegan competencias en diversas materias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y otros órganos administrativos de la Vicepresidencia y Consejería.
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Resolución de 7 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por la que se delegan competencias en diversas materias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y otros órganos administrativos de la Vicepresidencia y Consejería.Viernes 8 de mayo de 2026
II
18658
AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE
LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS
RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por
la que se delegan competencias en diversas materias, así como la firma de
resoluciones y actos, en la Secretaría General y otros órganos administrativos
de la Vicepresidencia y Consejería. (2026061162)
Mediante Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias (DOE n.º 82, de 30
de abril), se crea la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de
Gobierno, Interior y Emergencias y se determina que corresponde a la misma la coordinación
de la acción de gobierno de la Junta de Extremadura; la asistencia política y el asesoramiento
general de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Extremadura, así como su apoyo
directo y su asesoramiento general, salvo en lo dispuesto en el artículo 3 del mismo.
Igualmente, le corresponde a esta Vicepresidencia la sustitución en primer lugar, de la Presidenta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 17 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, ejercerá las competencias en materia de relaciones con la Asamblea de Extremadura; interior, emergencias y protección civil; prevención y extinción de incendios forestales; política de comunicación y relaciones informativas; asuntos europeos, acción exterior,
emigración y retorno; Administración Local; el ejercicio de las competencias en materia de
Servicios Jurídicos; Secretaría del Consejo de Gobierno; y las de relaciones con la ciudadanía
y con las entidades locales territoriales y no territoriales.
De otra parte, en el DOE n.º 83, de 4 de mayo, se publicó el Decreto 18/2026, de 30 de abril,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, de acuerdo con las previsiones del artículo 12 de la Ley 4/2015,
de 26 de febrero, de regulación del proceso de transición entre gobiernos en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, creando los diferentes órganos directivos de la Vicepresidencia
y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias
que la integran.
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