Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 12-05-2026
Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2026061166)
Resolución de 8 de mayo de 2026, del Consejero, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y demás órganos directivos de la Consejería.
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Resolución de 8 de mayo de 2026, del Consejero, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y demás órganos directivos de la Consejería.19348
Martes 12 de mayo de 2026
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2026, del Consejero, por la que se delegan
determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la
Secretaría General y demás órganos directivos de la Consejería. (2026061166)
Mediante Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril (DOE n.º 82, de 30 de abril), se
modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se crean las Vicepresidencias
y se crea la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes a la que se atribuyen las competencias
en materia de patrimonio y promoción cultural, turismo y deportes.
Por su parte, el Decreto 18/2026, de 30 de abril (DOE n.º 83, de 4 de mayo), establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
que determina el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta y las distintas Vicepresidencias y Consejerías, creando los
órganos directivos de las distintas consejerías.
Razones de eficacia, celeridad y coordinación aconsejan delegar el ejercicio de determinadas
competencias que me atribuye el ordenamiento jurídico así como la firma de determinadas
resoluciones y actos en la Secretaría General y otros órganos directivos que conforman la
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Por todo ello, a tenor de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Delegar en la persona titular de la Secretaría General de la Consejería las siguientes
competencias:
1. E
n materia presupuestaria.
a) Las que me confiere el apartado e) del artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativas a la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Consejería y a la disposición
de los gastos no reservados a la competencia del Consejo de Gobierno que me atribuyen
los artículos 11 y 91 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura.
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 12-05-2026
Resolución de 8 de mayo de 2026, del Consejero, por la que se establece el régimen de suplencia de los órganos directivos en ausencia de sus titulares.
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