Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 13-05-2026
Vicepresidencia Y Consejería De Presidencia, Coordinación De La Acción De Gobierno, Interior Y Emergencias. Protección Civil. Honores Y Distinciones. (2026061149)
Resolución de 5 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por la que se concede la Mención de Honor por colaboraciones especiales en situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución de 5 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por la que se concede la Mención de Honor por colaboraciones especiales en situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Miércoles 13 de mayo de 2026
20131
RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por
la que se concede la Mención de Honor por colaboraciones especiales en
situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. (2026061149)
Vista la propuesta, de fecha 16 de abril de 2026, de la Comisión de Valoración para la concesión de la Menciones de Honor por colaboraciones especiales en situación de emergencia de
protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se dicta la presente resolución
con base a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea, en su artículo 10, la Medalla al mérito y
menciones de honor en Protección civil, que podrá recaer en particulares y/o instituciones,
públicas o privadas y que será otorgada por resolución.
de la persona que ostente la titularidad de la Consejería con competencias en la materia, a
propuesta de una comisión cuya composición se determinará reglamentariamente.
Segundo. Mediante Decreto 10/2023, de 10 de febrero, se establecen las normas relativas a
la Medalla al Mérito en Protección Civil y Mención de honor por colaboraciones especiales en
situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su
procedimiento de concesión (DOE núm. 33, de 16 de febrero de 2023).
Tercero. Con fecha 11 de febrero de 2026, la Comisión de Valoración regulada en el artículo
8 del citado decreto, realizó una evaluación y análisis de las propuestas presentadas por la
Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, sobre entidades o personas
físicas merecedoras de una Mención de honor por los méritos contraídos en el ámbito de la
protección civil en la Comunidad Autónoma, dejando constancia en el acta expedida al efecto
y que consta en el expediente.
Cuarto. Con fecha 16 de abril de 2026, la Secretaría General de Interior, Emergencias y
Protección Civil, ha elevado propuesta de la Comisión de Valoración para la concesión de las
referidas distinciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del citado Decreto
10/2023, de 10 de febrero.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para la concesión de la Mención de honor en Protección Civil de
Extremadura corresponde al Vicepresidente y Consejero de Presidencia, Coordinación de la
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