Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 13-05-2026
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital.. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2026061183)
Resolución de 8 de mayo de 2026, del Consejero, sobre delegación de competencias en diversas materias y delegación de firma.
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Resolución de 8 de mayo de 2026, del Consejero, sobre delegación de competencias en diversas materias y delegación de firma.Miércoles 13 de mayo de 2026
19797
RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2026, del Consejero, sobre delegación de
competencias en diversas materias y delegación de firma. (2026061183)
De conformidad con lo establecido en el Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril,
por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las
Vicepresidencias, se establece que “La Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al
emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de
sociedad de la información y telecomunicaciones. Asimismo, ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo, administración electrónica y atención y participación ciudadana”..
Mediante el Decreto 18/2026, de 30 de abril, se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, creándose los órganos directivos
de las distintas consejerías.
Razones de eficacia, celeridad y coordinación en la resolución de las competencias atribuidas
a la persona titular de la Consejería por el ordenamiento jurídico, aconsejan la presente delegación de competencias y de firma. La presente resolución no lleva a cabo delegación de competencias ni de firma en la Secretaría General de Empleo ni en los órganos del Servicio Extremeño Público de Empleo, las cuales serán objeto de una ulterior resolución de delegación.
Por todo lo expuesto, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 72, 73 y
76 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVO:
Primero. Delegar en el titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital las siguientes competencias:
a) En materia presupuestaria:
— Las que me confiere el apartado e) del artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
relativas a la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Consejería, y a la
disposición y autorización de los gastos no reservados a la competencia del Consejo
de Gobierno, así como el reconocimiento de las obligaciones que me atribuyen los
artículos 11 y 91.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
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