Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 29-05-2026
Consejería De Educación Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2026061312)
Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico, en modalidad ordinaria presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.
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Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico, en modalidad ordinaria presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.Viernes 29 de mayo de 2026
22826
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Formación
Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación
para cursar ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico, en
modalidad ordinaria presencial completa, en centros sostenidos con fondos
públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el
curso 2026/2027. (2026061312)
En relación con la organización de las enseñanzas básicas a los ciclos formativos de Formación
Profesional de Grado Básico, la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en el artículo 3.3 que “la
educación primaria, la educación secundaria obligatoria y los ciclos formativos de Formación
Profesional de Grado Básico constituyen la educación básica”. Asimismo, en los artículos 30 y
41.1 establecen las condiciones generales de acceso y admisión a los mismos, e introducen
modificaciones relativas a la organización del currículo, así como a los objetivos propuestos,
desarrollándose tales aspectos en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
Por otra parte, en el ámbito autonómico, el capítulo V del Decreto 110/2022, de 22 de agosto,
por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria
para la Comunidad Autónoma de Extremadura regula la organización de los ciclos formativos
de Formación Profesional de Grado Básico.
La Formación Profesional se rige por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación
e Integración de la Formación Profesional (BOE núm. 78, de 1 de abril), que, en la disposición
final tercera, dispone:
La ordenación de las enseñanzas de formación profesional comprendidas en el articulado del
capítulo V, del título I, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se entenderá
efectuada de acuerdo con lo que se dispone en esta ley, y todas las referencias que se realicen
en la normativa a estos preceptos, se entenderán asimismo efectuadas de acuerdo con lo que
se dispone en la presente ley.
En sus apartados 3 y 4 del artículo 44 se concretan las condiciones de acceso y admisión generales para los ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico recogidos en la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Además, el Real Decreto 659/2023, de 18 de Julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional, desarrolla el sistema único e integrado de Formación Pro-
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