Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 02-06-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental. (2026061319)
Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola para plantación de olivar", cuyo promotor es Pedro Rivero Nieto, en el término municipal de Garbayuela (Badajoz). Expte.: IA25/0890.
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Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola para plantación de olivar", cuyo promotor es Pedro Rivero Nieto, en el término municipal de Garbayuela (Badajoz). Expte.: IA25/0890.Martes 2 de junio de 2026
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CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión
Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto
ambiental del proyecto de "Cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola
para plantación de olivar", cuyo promotor es Pedro Rivero Nieto, en el término
municipal de Garbayuela (Badajoz). Expte.: IA25/0890. (2026061319)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de cambio de cultivo de superficie forestal a agrícola para plantación de olivar, a
ejecutar dentro de la parcela 31 del polígono 7 del término municipal de Garbayuela (Badajoz), se encuentra en el ámbito de la evaluación de impacto ambiental simplificada por estar
incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el anexo II grupo 1.d) del Real Decreto 445/2023, de
13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, estando por ello sometido a evaluación ambiental simplificada.
El promotor del proyecto es Pedro Rivero Nieto.
El órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental abreviado relativo al proyecto, es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo
17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, le corresponde autorizar el cambio de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en base al Decreto 57/2018 que
los regula en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
La zona de actuación donde se pretende realizar el presente proyecto, situada en el término
municipal de Garbayuela (Badajoz), se encuentra actualmente de tierra arable con encinas
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