Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 26-06-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Información Pública. (2026081058)
Anuncio de 17 de junio de 2026 por el que se inicia trámite de audiencia y vista del expediente de deslinde del monte público n.º 47, denominado "La Matrera", ubicado en el término municipal de Monesterio, provincia de Badajoz
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Anuncio de 17 de junio de 2026 por el que se inicia trámite de audiencia y vista del expediente de deslinde del monte público n.º 47, denominado "La Matrera", ubicado en el término municipal de Monesterio, provincia de Badajoz27527
Viernes 26 de junio de 2026
ANUNCIO de 17 de junio de 2026 por el que se inicia trámite de audiencia
y vista del expediente de deslinde del monte público n.º 47, denominado
"La Matrera", ubicado en el término municipal de Monesterio, provincia de
Badajoz (2026081058)
Recibido en esta Dirección General el expediente de deslinde del monte “La Matrera”, n.º
47 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, sito en el término
municipal de Monesterio y propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se hace
saber que en cumplimiento de lo previsto en los artículos 120 y 121 del Decreto 485/1962,
22 de febrero, del Reglamento de Montes, se abre periodo audiencia y vista en segunda fase
del procedimiento durante el plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura o, en su caso, en el suplemento de Notificaciones del Boletín Oficial del Estado, para que pueda ser examinado por los
interesados en las dependencias de esta Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio
en la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal ubicadas en la localidad de
Badajoz en la Sección de Coordinación de Área de Programas Forestales, carretera de San
Vicente, 3 y en el Ayuntamiento de Monesterio sito en calle Templarios, n.º 17, admitiéndose
reclamaciones que se presenten sobre la práctica del apeo o sobre la propiedad de parcelas
que hayan sido atribuidas al monte al realizar aquella operación, por periodo de otros quince
días hábiles.
Sólo pueden presentar reclamaciones contra él quienes hayan asistido personalmente o por
medio de representantes a dicho acto.
Las reclamaciones sobre propiedad sólo serán admisibles de haberse presentado los documentos correspondientes en el plazo estipulado en el artículo 97 del Reglamento de Montes
(cuarenta y cinco días naturales desde la publicación del anuncio de inicio de operaciones) y
si se expresa el propósito de apurar mediante ellas la vía administrativa como trámite previo
a la judicial civil.
Contra este acto de trámite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía
administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución
que ponga fin al procedimiento (artículos 112 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas – BOE núm. 236). No
obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan
a su derecho, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
Mérida, 17 de junio de 2026. El Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal,
JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO.
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