Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 29-06-2026
Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Fiesta De Interés Turístico. (2026050079)
Orden de 18 de junio de 2026 por la que se declara como Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la fiesta "Valdelacalzada en flor", en Valdelacalzada (Badajoz).
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Orden de 18 de junio de 2026 por la que se declara como Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la fiesta "Valdelacalzada en flor", en Valdelacalzada (Badajoz).Lunes 29 de junio de 2026
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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
ORDEN de 18 de junio de 2026 por la que se declara como Fiesta de Interés
Turístico de Extremadura la fiesta "Valdelacalzada en flor", en Valdelacalzada
(Badajoz). (2026050079)
Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Valdelacalzada, para la declaración como
Fiesta de Interés Turístico de Extremadura de la fiesta “Valdelacalzada en flor” en la mencionada localidad, con base en los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 22 de enero de 2026, el Ayuntamiento de Valdelacalzada formuló una
solicitud en la que instaba la declaración de Fiesta de Interés Turístico de la fiesta “Valdelacalzada en flor”, que se celebra en la referida localidad.
Segundo. Seguidos los trámites contemplados en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre,
sobre Fiestas de Interés Turístico de Extremadura, con fecha 13 de abril de 2026 se emitió
informe técnico favorable en el seno de la Dirección General de Turismo.
Tercero. Con fecha 14 de abril de 2026, la Dirección General de Turismo formula su propuesta favorable a la declaración de la fiesta “Valdelacalzada en flor” como Fiesta de Interés
Turístico de Extremadura, una vez constatado el cumplimiento de los requisitos establecidos
en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver el procedimiento corresponde a la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, en virtud de lo establecido en: el
Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el
número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, cuyo artículo 2 atribuye a la
citada consejería las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural, turismo y
deportes; el Decreto 111/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes; y el artículo 4 del Decreto 152/1997, de 22
de diciembre, sobre Fiestas de Interés Turístico de Extremadura.
Segundo. La Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de
Extremadura, dispone en su artículo 33.1, que “se consideran Fiestas de Interés Turístico de
Extremadura aquellos eventos que por su especial relevancia supongan una valorización de la
cultura y de las tradiciones populares”.
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