Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-07-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Información Pública. (2026081107)
Anuncio de 22 de junio de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de explotación porcina, promovido por Francisco José García Navarrete, en el término municipal de Salvaleón (Badajoz).
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Anuncio de 22 de junio de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de explotación porcina, promovido por Francisco José García Navarrete, en el término municipal de Salvaleón (Badajoz).Viernes 10 de julio de 2026
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ANUNCIO de 22 de junio de 2026 por el que se pone a disposición del público
la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental
unificada del proyecto de explotación porcina, promovido por Francisco José
García Navarrete, en el término municipal de Salvaleón (Badajoz). (2026081107)
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de
explotación porcina, promovido por Francisco José García Navarrete, en el término municipal
de Salvaleón (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en las dependencias
de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria,
Energía, Ciencia y Territorio, avda. Valhondo, s/n., Módulo II, 4.ª planta.
Por otra parte, simultáneamente al período de información pública, la solicitud de AAU será
remitida por la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal al correspondiente
Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición
transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano
competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015,
la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias
urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
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