Extracto de la Resolución 10 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 30-07-2026
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2026061919)
Extracto de la Resolución 10 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
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Extracto de la Resolución 10 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.Jueves 30 de julio de 2026
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EXTRACTO de la Resolución 10 de julio de 2026, de la Secretaría General, por
la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones destinadas
a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y
la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros
de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
(2026061919)
BDNS(Identif.): 919732
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), y en el presente Diario
Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las
comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun
careciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitos enumerados en el
resuelvo tercero de esta convocatoria, tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por
cuenta ajena de media en los últimos doce meses, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de subvención conforme a
lo establecido en la presente convocatoria, en centros de trabajo situados en Extremadura, y
sean propietarios/as o arrendatarios/as de los inmuebles donde se sitúen dichos centros de
trabajo.
Segundo. Objeto.
Aprobar la segunda convocatoria correspondiente al ejercicio 2026, de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 49/2025, de 3 de junio, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación
de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria (DOE núm. 117, de 19 de junio).
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 30-07-2026
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