Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 05-08-2026
Vicepresidencia Y Consejería De Desregulación, Servicios Sociales Y Familia. Acción Social. Subvenciones. (2026061988)
Resolución de 15 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, 2026.
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Resolución de 15 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, 2026.Miércoles 5 de agosto de 2026
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VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE DESREGULACIÓN, SERVICIOS
SOCIALES Y FAMILIA
RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se
aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de
interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y
sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura,
2026. (2026061988)
El Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de
interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta
de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria (DOE n.º 229, de 25 de noviembre), dispone en
su artículo 3 que resultarán subvencionables dentro de las disponibilidades presupuestarias,
los programas de interés general para atender fines de interés social dirigidos a la intervención social prevista en el artículo 1, que sean gestionadas por las entidades contempladas en
el artículo 4, y se encuadren entre los programas y prioridades establecidos en el anexo I de
la presente convocatoria.
El artículo 5 del citado decreto dispone que el procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, en los términos establecidos en los
capítulos I y II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los principios de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El mismo
se iniciará de oficio mediante convocatoria pública aprobada por resolución de la Secretaría
General de la Consejería competente en materia de servicios sociales, que será objeto de
publicación simultánea con su extracto en el Diario oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es/), en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio ), en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) y en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura https://www.juntaex.es/transparencia/subvenciones-y-ayudas
El Decreto de la Presidenta de 11/2026, de 29 de abril (DOE n.º 82, de 30 de abril) por el que
se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, establece que la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales
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