Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 07-08-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental. (2026062038)
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de cultivo a olivar y puesta en riego por goteo de una finca de 19,3148 ha", cuyo promotor es Alfonso Acero Díaz, en el término municipal de Alcollarín (Cáceres). Expte.: IA25/1221.
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Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de cultivo a olivar y puesta en riego por goteo de una finca de 19,3148 ha", cuyo promotor es Alfonso Acero Díaz, en el término municipal de Alcollarín (Cáceres). Expte.: IA25/1221.Viernes 7 de agosto de 2026
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RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión
Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto
ambiental del proyecto "Cambio de cultivo a olivar y puesta en riego por
goteo de una finca de 19,3148 ha", cuyo promotor es Alfonso Acero Díaz, en
el término municipal de Alcollarín (Cáceres). Expte.: IA25/1221. (2026062038)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre
el medio ambiente.
El proyecto “Cambio de cultivo a olivar y puesta en riego por goteo de una finca de 19,3148
ha”, ubicado en las parcelas 56 y 57 del polígono 15, del término municipal de Alcollarín
(Cáceres), se encuadra en el grupo I “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería”, epígrafe c) “Proyectos de transformación, ampliación o consolidación de regadíos de 10 o más
hectáreas; así como los comprendidos entre 1 ha y 10 ha que cumplan alguno de los criterios
generales, o que ocupen cauces o humedales permanentes o estacionales representados en
el mapa Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:25.000, o se desarrollen en zonas con
niveles de erosión hídrica >10 t/ha*año (Inventario Nacional de Erosión de Suelos, INES), del
anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y por ello incluido
en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.c)
del Decreto 107/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El objeto del proyecto es la puesta en riego por goteo de una nueva plantación de olivar super intensivo, con un marco de plantación de 1,35 x 3,75 m., en una superficie de 19,3148
ha, en el paraje “Suerte de los Menudos”, en el término municipal de Alcollarín (Cáceres).
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