Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de complejo turístico rural, cuya promotora es Encarnación Crespo Santiago, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA24/0662.
Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-08-2026
Consejería De Industria, Energía, Ciencia Y Territorio. Impacto Ambiental. (2026062073)
Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de complejo turístico rural, cuya promotora es Encarnación Crespo Santiago, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA24/0662.
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Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de complejo turístico rural, cuya promotora es Encarnación Crespo Santiago, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA24/0662.Lunes 10 de agosto de 2026
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RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2026, de la Dirección General de Gestión
Sostenible y Política Forestal, por la que se formula informe de impacto
ambiental del proyecto de complejo turístico rural, cuya promotora es
Encarnación Crespo Santiago, en el término municipal de Badajoz. Expte.:
IA24/0662. (2026062073)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de
impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el
proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la
subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de complejo turístico rural, a ubicar en el polígono 769, parcela 61 del municipio
de Badajoz, se encuentra incluido en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La promotora del proyecto es Encarnación Crespo Santiago.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativa al proyecto la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.6 del
Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto
El objeto del proyecto es la implantación de la actividad de turismo rural en un predio agrícola, situado en suelo rústico, concretamente en el polígono 769, parcela 61, del municipio
de Badajoz. La referencia catastral es 06900A769000610000WW.
El complejo turístico rural estará compuesto por una casa rural, una nave de actividades y
edificaciones complementarias.
La casa rural es de planta baja con una superficie total útil de 122,85 m2, repartidos en
salón- estar, cocina-comedor, tres dormitorios, dos baños, un vestidor, una despensa y un
porche. Se procederá al cambio de uso de una vivienda existente a edificación destinada
a casa rural.
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 10-08-2026
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