Anuncio de 12 de agosto de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 127/2025, de 9 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación, modernización y transformación tecnológica de los mercados de abasto de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2025.

Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 20-08-2026

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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2026081414)

Anuncio de 12 de agosto de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 127/2025, de 9 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación, modernización y transformación tecnológica de los mercados de abasto de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2025.

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Anuncio de 12 de agosto de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 127/2025, de 9 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación, modernización y transformación tecnológica de los mercados de abasto de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2025.
Página 1 del anuncio NÚMERO 161
Jueves 20 de agosto de 2026

IV

36880

ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
ANUNCIO de 12 de agosto de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas
concedidas al amparo del Decreto 127/2025, de 9 de septiembre, por el que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación,
modernización y transformación tecnológica de los mercados de abasto
de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al
ejercicio 2025. (2026081414)
Mediante Decreto 127/2025, de 9 de septiembre, se establecen las bases reguladoras de las
ayudas para la rehabilitación, modernización y transformación tecnológica de los mercados
de abasto de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio
2025 (DOE núm. 186, de 26 de septiembre).
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatoria periódica.
El artículo 19 del citado decreto establece que la convocatoria y las subvenciones concedidas
serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura y se remitirán
a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los órganos administrativos
concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad
o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria
que les sea de aplicación.
En virtud de lo dispuesto, se procede a dar publicidad a las ayudas concedidas para la rehabilitación, modernización y transformación tecnológica de los mercados de abasto de Extremadura, en los términos que a continuación se relacionan.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 1.900.000 euros con cargo a la anualidad 2025. El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias

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