Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados C, D y E en la modalidad de oferta modular en presencial, virtual, y en Grado Básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.
Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 25-08-2026
Consejería De Educación Y Formación Profesional. Educación. (2026062171)
Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados C, D y E en la modalidad de oferta modular en presencial, virtual, y en Grado Básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.
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Resolución de 17 de agosto de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados C, D y E en la modalidad de oferta modular en presencial, virtual, y en Grado Básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2026/2027.Martes 25 de agosto de 2026
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2026, de la Dirección General de Formación
Profesional, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación
para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación
Profesional de Grados C, D y E en la modalidad de oferta modular en presencial,
virtual, y en Grado Básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades
educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el
curso 2026/2027. (2026062171)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo de 2006),
en su artículo 42, apartado segundo, establece que los ciclos formativos de Grado Medio y
Grado Superior tendrán carácter modular. Del mismo modo, en su apartado séptimo, determina que “en el marco de lo establecido en los aspectos básicos del currículo de cada título y
de la organización modular de los ciclos formativos y cursos de especialización de formación
profesional, las Administraciones educativas promoverán la flexibilidad y la especialización de
su oferta formativa con el objetivo de promover la innovación y la empleabilidad”. El artículo
30 regula los ciclos formativos de Grado Básico concretando así, el esfuerzo del sistema educativo para garantizar que ningún alumno o alumna quede fuera del mismo sin un título de
educación secundaria obligatoria.
El nuevo Sistema de Formación Profesional, queda articulado conforme a la Ley Orgánica
3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (BOE núm.
78, de 1 de abril de 2022). Esta establece, en su disposición final tercera, que “la ordenación
de las enseñanzas de formación profesional comprendidas en el articulado del capítulo V, del
título I, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se entenderá efectuada de
acuerdo con lo que se dispone en esta ley, y todas las referencias que se realicen en la normativa a estos preceptos, se entenderán asimismo efectuadas de acuerdo con lo que se dispone
en la presente ley”.
Esta ley, en su artículo 3.1.e) recoge, entre sus principios, el de la “flexibilidad y modularidad
de ofertas de formación acreditables y acumulables en un continuo de formación conducente a diversos niveles de acreditaciones, certificados y titulaciones”. En esta línea, el artículo
5.4.b) indica que el modelo de Sistema de Formación Profesional desarrollado asegurará “la
aportación, mediante ofertas formativas ordenadas, acumulables y acreditables, de los conocimientos y las habilidades profesionales necesarios para una actividad profesional cualificada
en un mundo laboral cambiante”.
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional (BOE núm. 174, de 22 de julio de 2023), concreta el sistema único
Otra información oficial del Diario Oficial de Extremadura del día 25-08-2026
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