Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-10-2023
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231005-9)
Puesto libre designación – Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de 4 de agosto de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de agosto), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación
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Puesto libre designación – Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de 4 de agosto de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de agosto), para la provisión de un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre DesignaciónBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 237
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
9
RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden del
Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de 4 de agosto de 2023 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de agosto), para la provisión de
un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad
de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de 4 de agosto de 2023
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de agosto), se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Libre Designación.
Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid. Asimismo, mediante Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, se
establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril),
así como las demás prescripciones contenidas en la convocatoria correspondiente.
De acuerdo con la propuesta formulada por la Secretaría General Técnica, y verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en virtud de la competencia atribuida a esta Dirección General en la letra q) del
artículo 7.1) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudica el puesto de trabajo convocado a la funcionaria que figura en el listado.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, salvo lo
previsto en los apartados siguientes. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que la Administración de origen difiera el cese conforme a la normativa aplicable.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
BOCM-20231005-9
Toma de posesión
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