Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-10-2023
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231019-26)
Convenio – Convenio de 2 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, para la creación de la “Cátedra IRSST-UFV I+D+i en fomento de la cultura, educación e inclusión en seguridad, salud y bienestar”
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Convenio – Convenio de 2 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, para la creación de la “Cátedra IRSST-UFV I+D+i en fomento de la cultura, educación e inclusión en seguridad, salud y bienestar”B.O.C.M. Núm. 249
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 109
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
26
CONVENIO de 2 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, para la creación de la “Cátedra IRSST-UFV I+D+i en fomento
de la cultura, educación e inclusión en seguridad, salud y bienestar”.
REUNIDOS
De una parte, Excma. Sra. Dña. Rocío Albert López-Ibor, Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, nombrada por Decreto 40/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en calidad de Presidenta del Consejo de Administración del Instituto
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante IRSST, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 8.1.a) de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Y de otra parte, D. Daniel Sada Castaño, en su condición de Rector Magnífico de la
Universidad Francisco de Vitoria, con CIF G-80480197 (en adelante UFV), reelegido por
Acuerdo del Patronato, de 22 de junio de 2021, y en el uso de las facultades conferidas en
virtud de lo dispuesto en el artículo 8 de las Normas de Organización y Funcionamiento de
la Universidad Francisco de Vitoria, aprobadas por Decreto 112/2014, de 25 de septiembre,
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de septiembre de 2014), con domicilio en la carretera Pozuelo-Majadahonda, kilómetro 1,800, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y
1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó, el 11 de noviembre
de 2020, el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid, que se desarrollará entre los años 2021 y 2024, el cual se estructura en tres grandes
grupos de ejes que, a su vez, se dividen en subgrupos más específicos en función de los objetivos e intereses a los que se pretende dar cobertura con ellos, todo ello con una misión firmemente establecida, la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigidas a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de las empresas y los trabajadores y una
hoja de ruta o visión estratégica a alcanzar, promover entornos de trabajo seguros y estables
como elemento fundamental para una economía competitiva y un empleo de calidad.
2. En la elaboración y aprobación del contenido del VI Plan Director de Prevención de
Riesgos Laborales, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en la Ley 23/1997,
de 19 de marzo, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
(IRSST, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), en cuanto a
la naturaleza, finalidad y funciones del propio Instituto, y en la Ley 31/1995, de 8 de marzo, de Prevención de Riesgos Laborales (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de marzo) debido a que en ellas se recoge una visión unitaria en la política de prevención de riesgos laborales, actualizando regulaciones anteriores y a su vez, regulando situaciones nuevas no
contempladas con anterioridad, constituyendo el marco legal de referencia en la materia.
Así mismo, el artículo 5 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre dispone que “La política en
materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de
trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores
en el trabajo”.
3. La creación de una línea de I+D+i orientada a la investigación de los efectos de las
condiciones de trabajo en la salud de los trabajadores, así como la difusión de conocimientos en materia de prevención de riesgos laborales constituyen unos de los grandes ejes del vi-
BOCM-20231019-26
EXPONEN
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