Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-10-2023
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231027-24)
Concesión subvenciones – Orden 1756/2023, 20 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2023
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Concesión subvenciones – Orden 1756/2023, 20 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales para el año 2023Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 256
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
24
ORDEN 1756/2023, 20 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones Deportivas Madrileñas, excepto Federaciones Deportivas, para la participación en
competiciones deportivas oficiales para el año 2023.
Mediante la Orden 602/2018, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio de 2018), se establecieron las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales, y por Orden 367/2023, de 23 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de junio de 2023) se
aprobó la convocatoria correspondiente al año 2023.
Mediante el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en relación con el
Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuyendo el artículo 13.f), a la Dirección General de Deportes, la competencia para proponer la concesión de
subvenciones y ayudas públicas a deportistas y a las federaciones, clubes, asociaciones y
demás entidades deportivas o de fomento o promoción deportiva de la Comunidad de
Madrid, en el ámbito material de competencias de la dirección general.
Vista la propuesta de Resolución elevada por el Director General de Deportes, de
acuerdo con la propuesta de distribución del crédito disponible y en uso de las atribuciones
que me han sido conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Primero
1. Resolver la convocatoria aprobada por la Orden 367/2023, de 23 de marzo, correspondiente al año 2023, de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas,
excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales y conceder subvenciones a las asociaciones deportivas madrileñas por las cuantías que
se relacionan en el anexo.
2. El pago de estas subvenciones se realizará con cargo al subconcepto 48099 del
Programa 336A (915.000 euros) del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid
para el año 2022, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, por la
que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022,
prorrogados automáticamente para el año 2023, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023.
En ningún caso podrá otorgarse una subvención a un mismo beneficiario por importe
igual o superior a 60.000 euros.
3. Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios previa presentación, en
el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Orden
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del certificado a que se refieren el
artículo 9.2 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo y el dispongo 8.2 de la Orden 367/2023,
de 23 de marzo, ya citadas.
4. Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Orden 602/2018, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras.
BOCM-20231027-24
Resolución de la convocatoria y concesión
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