Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-12-2023
Piñuécar-Gandullas (BOCM-20231220-53)
Régimen económico. Calendario fiscal
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Régimen económico. Calendario fiscalPág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 302
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
PIÑUÉCAR-GANDULLAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231220-53
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, y artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, por el Ayuntamiento
en pleno en sesión celebrada el día 27 de noviembre de 2023, se ha aprobado el calendario
fiscal de los arbitrios municipales con vencimiento periódico y notificación colectiva del
Ayuntamiento de Piñuecar-Gandullas para el ejercicio 2024, así como, para dar cumplimiento a la exposición pública de los padrones y a los anuncios de cobranza, en los siguientes términos:
1. Desde el 1 de julio al 30 de agosto de 2024 (período voluntario) se cobrarán:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
La fecha de cargo de las domiciliaciones bancarias será el 30 de agosto de 2024.
2. Desde el 16 de septiembre al 15 de noviembre de 2024 (período voluntario):
— Impuesto sobre actividades económicas.
La fecha de cargo de las domiciliaciones bancarias será el 15 de noviembre de 2024.
Los padrones fiscales, conteniendo las cuotas a pagar y los elementos determinantes
de éstas, serán expuestos al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro y por un período de un mes.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones a estos incorporadas, se podrá interponer recurso obligatorio de reposición, con carácter previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización
del período de exposición pública de los correspondientes padrones.
Transcurridos los períodos de cobro relacionados en los apartados 1 y 2, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose el recargo de apremio, intereses de demora y en su caso, costas de procedimiento.
Piñuécar-Gandullas, a 11 de diciembre de 2023.—El alcalde, Juan José Suárez.
(01/20.637/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 20-12-2023
Formalización contrato – Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se dispone la publicación de la formalización del contrato de “Servicios para la gestión de las Escuelas Infantiles 3-3-2, dividido en 2 lotes”
Autorización ambiental integrada – Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid, por la que se somete a información pública la documentación de la revisión de oficio de la Autorización Ambiental Integrada, relativa a la actividad...
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.