Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-12-2023
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231228-19)
Convenio – Adenda de 14 de diciembre de 2023, para la prórroga del convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
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Convenio – Adenda de 14 de diciembre de 2023, para la prórroga del convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad SocialB.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 95
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
19
ADENDA de 14 de diciembre de 2023, para la prórroga del convenio entre el
Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad
Social y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo efectivo de la cooperación
para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social.
En Madrid, a 14 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo,
nombrado en virtud del Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, y en uso
de las atribuciones conferidas en el artículo 44.2.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y de conformidad a la delegación de competencias otorgada en el apartado Primero.1.d).2.o de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
De otra parte, D.a Carmen Collado Rosique, Directora del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social (en adelante OEITSS), nombrada por Real Decreto 802/2021, de 14 de septiembre, en quien recaen las funciones de representación del citado Organismo Estatal, así como su dirección y gobierno, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 8.2 del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, siendo competente para la firma del presente convenio, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 31.3.e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema
de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y artículo 8.3.g) del Real Decreto 192/2018.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
obligarse y convenir, y,
EXPONEN
Que con fecha 17 de diciembre de 2019, el OEITSS y la Comunidad de Madrid formalizaron el “Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y la Comunidad de Madrid para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, quedando inscrito con fecha 18 de diciembre de 2019 en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
(REOICO), y siendo publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el 9 de enero de 2020.
Dicho convenio tiene por objeto la instrumentación de la cooperación entre el OEITSS
y la “Comunidad de Madrid”, para el desarrollo efectivo de la cooperación para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, estableciendo las funciones de la Autoridad Autonómica de la Inspección, la participación de
la Comunidad Autónoma en la designación del Director Territorial, la composición y funciones de la Comisión Operativa Autonómica y otros asuntos de interés para ambas partes
en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Segundo
Que la Comunidad de Madrid y el OEITSS desean seguir cooperando para la consecución de los fines públicos asignados a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
BOCM-20231228-19
Primero
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