Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-12-2023
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231228-38)
Convenio – Adenda de 5 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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Convenio – Adenda de 5 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 125
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
38
ADENDA de 5 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, para la
ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).
Madrid, a 5 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Carlos Blázquez Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y
El día 2 de septiembre del 2022 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad
de Madrid a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65).
La cláusula novena del citado Convenio de colaboración, establece que cualquiera de
las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la
adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá el o
los anexos modificados o, en su caso, el nuevo anexo.
En fecha 3 de octubre del 2023 el Ayuntamiento de Colmenar viejo solicita mediante
escrito firmado por su Alcalde la renuncia formal al:
— Subproyecto S65: ayudas a entidades locales para la mejora de la accesibilidad de
los centros de servicios sociales. En base a un análisis de las necesidades detectadas en las instalaciones del Centro de Servicios Sociales, las medidas que contempla el Subproyecto S65 y las prioridades establecidas desde el Ayuntamiento de
Colmenar Viejo.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio en base
a las siguientes
BOCM-20231228-38
MANIFIESTAN
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