Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-01-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240105-23)
Convenio – Convenio de 1 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de 1 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 4
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE ENERO DE 2024
Pág. 103
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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CONVENIO de 1 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía
y Empleo, según nombramiento efectuado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
De otra parte, la Ilma. Sra. D.a Paloma Tejero Toledo en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en adelante el Ayuntamiento, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 124.4 apartado a), de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le han
sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del
Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento, en uso de las competencias que ambas Partes tienen otorgadas,
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que
se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras
materias, de fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional y de ordenación y planificación de la actividad económica regional, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria
del Estado.
Entre los objetivos del gobierno regional de la Comunidad de Madrid se encuentra la
adopción y el desarrollo de políticas que dinamicen la economía, mejoren la regulación y
el clima de negocios y favorezcan el desarrollo de nuevos proyectos de inversión tanto nacionales como extranjeros.
El municipio de Pozuelo de Alarcón está incluido en el ámbito de aplicación del régimen de organización de los municipios de gran población por Acuerdo del Pleno de la
Asamblea de Madrid, de 21 de febrero, de 2008, teniendo la potestad de autoorganización
y gestión de sus respectivos intereses de acuerdo con lo recogido en el artículo 4 del citado
cuerpo legal.
Entre los objetivos del Ayuntamiento se encuentra la adopción y el desarrollo de políticas que dinamicen la economía, mejoren la regulación y el clima de negocios y favorezcan el desarrollo de nuevos proyectos de inversión tanto nacionales como extranjeros, para
lo cual por decreto de la Alcaldesa-Presidenta de 19 de junio de 2023 se crearon las áreas
de gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo de la Ciudad y de Economía, Hacienda, Digitalización y Seguridad Ciudadana, quedando adscritas a estas áreas de gobierno las unidades administrativas que se consideran esenciales para la implantación de proyectos de inversión, siendo estas: urbanismo, obras e infraestructuras, medio ambiente,
desarrollo y comercio empresarial y empleo.
Además, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad
de Madrid, reconoce en su título IV las relaciones interadministrativas, haciendo especial
BOCM-20240105-23
Segundo
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