Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-01-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240123-24)
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de diciembre de 2023, que suscriben la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Fundación Real Madrid, para la realización de actividades conjuntas en el ámbito de la protección, apoyo y puesta en valor de las víctimas del terrorismo
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Convenio – Convenio de colaboración de 21 de diciembre de 2023, que suscriben la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Fundación Real Madrid, para la realización de actividades conjuntas en el ámbito de la protección, apoyo y puesta en valor de las víctimas del terrorismoPág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 19
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
24
CONVENIO de colaboración de 21 de diciembre de 2023, que suscriben la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local)
y la Fundación Real Madrid, para la realización de actividades conjuntas en el
ámbito de la protección, apoyo y puesta en valor de las víctimas del terrorismo.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado mediante Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, actuando en nombre y presentación de la Comunidad de Madrid, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Manuel Redondo Sierra y D. Julio González Ronco, actuando en nombre
y representación de la Fundación Real Madrid, con CIF: G-81828493, y domicilio social en
Avenida Concha Espina, número 1, 28036 Madrid. Actúan, el primero en su calidad de Director General, en uso de las facultades conferidas en escritura pública con número de protocolo 1650, otorgada ante el Notario de Madrid D. Cruz Gonzalo López-Muller, de 2 de
julio de 2009, y el segundo en su calidad de Director-Gerente, en uso de las facultades conferidas mediante escritura pública con el número de protocolo 3050, otorgada ante el Notario de Madrid D. Cruz Gonzalo López-Muller, de 1 de diciembre de 2009.
EXPONEN
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, ostenta, de conformidad con el artículo 2 del Decreto 38/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, las competencias en materia de
atención a las víctimas del terrorismo.
Estas competencias se concretan en la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección,
reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo cuyo artículo 1 determina el objeto de la misma: realizar actuaciones conducentes al reconocimiento y rendir homenaje a las
víctimas del terrorismo en la Comunidad de Madrid, sean personas físicas o entidades que
representen y defiendan sus intereses y reivindicaciones, su atención integral mediante el establecimiento de medidas de protección, ayudas y otras actuaciones dirigidas a atenuar las consecuencias de la acción terrorista así como la justicia, el recuerdo y la memoria colectiva.
Según prevé el artículo 20 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, corresponde al
Comisionado del Gobierno para la Atención a las Víctimas del Terrorismo el desempeño,
entre otras, las siguientes funciones:
— La interlocución entre la administración de la Comunidad de Madrid y las entidades de apoyo a las víctimas del terrorismo, al objeto de identificar y proponer líneas de colaboración que favorezcan la continuidad de la acción asistencial a las
víctimas y la defensa de su memoria, dignidad y justicia.
— La propuesta y elaboración de convenios y acuerdos de colaboración con instituciones sin fines de lucro que presten la ayuda necesaria a las víctimas de la acción
terrorista, en cualquiera de sus formas, y a sus familiares.
— La realización de acciones que promuevan la sensibilización de la sociedad para
conseguir el apoyo a las víctimas de estos delitos y la repulsa hacia las actividades terroristas.
BOCM-20240123-24
Primero
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