Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-01-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
25/01/2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240125-20)

Convenio –  Adenda de 16 de diciembre de 2023, de modificación del Convenio de 27 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), y la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid “Ascensión Sedeño” (AACCU), para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid

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Contenido de la primera página

Convenio –  Adenda de 16 de diciembre de 2023, de modificación del Convenio de 27 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), y la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid “Ascensión Sedeño” (AACCU), para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 21

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

Pág. 97

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
20

ADENDA de 16 de diciembre de 2023, de modificación del Convenio de 27 de
mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad), y la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la
Comunidad de Madrid “Ascensión Sedeño” (AACCU), para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de
Madrid.
En Madrid, a 16 de diciembre de 2023.
REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose
facultado para la firma de la presente adenda según lo dispuesto en el apartado primero.1.d).2.o de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el
Protectorado de Fundaciones y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid,
en relación con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, Dña. Ascensión Cerezo Gallegos, en su condición de Presidenta de la
Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid “Ascensión Sedeño” (AACCU), con NIF G78799103 y domicilio social en Madrid, calle Mayor, número 4, 4.a planta, pta. 2, en virtud de las facultades que le otorgan los Estatutos de
la Entidad, de acuerdo con los nombramientos de fecha 20 de octubre de 2020 efectuados
en la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en esa misma fecha.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar la presente adenda de modificación y a tal efecto,

I. Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad (actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid “Ascensión
Sedeño” (AACCU) suscribieron en fecha 27 de mayo de 2021 un Convenio con el objeto
de establecer un marco de colaboración para garantizar la administración del arbitraje de
consumo a los ciudadanos mediante su participación en la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad de Madrid, a través de los correspondientes órganos arbitrales.
II. Que, según establece la cláusula cuarta del Convenio, el número de vistas arbitrales con participación de la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid “Ascensión Sedeño” (AACCU), durante la vigencia del Convenio, es
de trescientas veintiuna, a razón de ciento siete vistas en las anualidades correspondientes
a los años 2022, 2023 y 2024, por un importe máximo de 16.050 euros y de 50,00 euros
(IVA incluido) por cada vista arbitral en la que se encuentre representada la Asociación.
III. Que el Convenio tiene una vigencia de tres años, desde el día 1 de enero de 2022
hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiéndose prorrogar por un período máximo de cuatro

BOCM-20240125-20

EXPONEN

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 25-01-2024

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