Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-02-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240214-40)
Convenio – Adenda de 30 de enero de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Mamás en Acción, para la implantación del proyecto “Curasana” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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Convenio – Adenda de 30 de enero de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Mamás en Acción, para la implantación del proyecto “Curasana” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de SaludBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 238
MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 38
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
40
ADENDA de 30 de enero de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud
y la Asociación Mamás en Acción, para la implantación del proyecto “Curasana” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del
Servicio Madrileño de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el 4.3.a)
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la
Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el
régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D.a María José Gimeno Furió, actuando en nombre y representación
de la asociación Mamás en Acción, con domicilio social en calle Salvá, número 8, piso 4,
puerta 8-B, 46002 Valencia, y NIF G-98593817, en calidad de presidenta de la misma, según consta en el acta de la Asamblea General celebrada el 16 de febrero de 2022 y en virtud de poder suficiente para el presente acto según el artículo 30 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,
MANIFIESTAN
CLÁUSULA ÚNICA
Acuerdo de prórroga
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena del convenio de referencia, las
partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 17 de febrero de 2024 y
el 16 de febrero de 2028, ambas fechas incluidas.
BOCM-20240214-40
1. Que las partes suscribieron un convenio, en fecha 17 de febrero de 2020, para la
implantación del proyecto “Curasana” mediante el acompañamiento de los pacientes en los
centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
2. Que la evaluación de las actuaciones derivadas del convenio ha sido favorable
y que la asociación Mamás en Acción, ha manifestado su deseo de mantener la línea de
colaboración con la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud para dar continuidad al objeto del convenio.
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