Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-02-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240215-32)
Convenio prestación servicio – Convenio de 2 de febrero de 2024, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., y el Ayuntamiento de Brunete
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Convenio prestación servicio – Convenio de 2 de febrero de 2024, de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., y el Ayuntamiento de BruneteB.O.C.M. Núm. 39
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE FEBRERO DE 2024
Pág. 129
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CANAL DE ISABEL II
32
CONVENIO de 2 de febrero de 2024, de gestión integral del servicio de distribución
de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II,
Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., y el Ayuntamiento de Brunete.
Madrid, a 2 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Novillo Piris.
De otra parte, D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
De otra parte, D. Mariano González Sáez.
Y de otra, Dña. María del Mar Nicolás Robledano.
El primero de los citados, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (en
adelante, Comunidad de Madrid) en su condición de Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, nombrado por Decreto 43/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 150, de 26 de
junio de 2023), actuando en uso de las competencias que le son propias, otorgadas por el
artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo previsto en el punto 2 del apartado octavo de la Orden 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el
ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las Mesas
de Contratación de la Consejería.
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha empresa pública,
en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de julio de 2023, por el
que se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades
que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, Sociedad Anónima M. P.
(en adelante, Canal), en su condición de Consejero Delegado de dicha Empresa Pública, en
virtud de las facultades que le corresponden, conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de Canal de Isabel II, S. A., M. P., adoptado en su sesión celebrada el día 7 de septiembre de 2023, elevado a documento público, autorizado por el Notario de Madrid, D. Manuel Gerardo Tarrío Berjano, el día 8 de septiembre de 2023, con el n.o 959 de su protocolo.
El cuarto, en nombre y representación del Ayuntamiento de Brunete (en adelante, el
Ayuntamiento) en su condición de Alcaldesa-Presidenta del mismo en virtud de las competencias que para representar al Ayuntamiento y para formalizar los convenios en que sea
parte el Ayuntamiento le atribuyen, respectivamente, el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, Ley 7/1985) y el ar-
BOCM-20240215-32
INTERVIENEN
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